martes, 17 de enero de 2012

TODO SOBRE EL REGLAMENTO DE DEVOLUCIÓN DEL FONAVI

Se ha publicado en El Peruano el D.S. Nº 006-2012-EF, mediante el cual, el MEF aprueba el Reglamento de la Ley 29625 – Ley de Devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores aportantes.
De acuerdo a la norma legal, el dinero materia de devolución corresponde al período que estuvo vigente el Fonavi ( julio 1979-agosto 1998), no desde setiembre 1998 ya que entonces se convirtió en Impuesto Extraordinario de Solidaridad (IES).
Al trabajador se le devolverá el aporte que el empleador le descontó vía planilla, más los aportes realizados por el empleador. El fonavista beneficiario será el trabajador aportante que se encuentre inscrito en el Padrón Nacional de Fonavistas, inclusive sus herederos en caso de fallecimiento. Los aportes a ser devueltos serán actualizados con la tasa de interés legal.
Según la Ley 29625 (El Peruano 08.12.10), las modalidades de devolución podrán ser a través de: 1. Viviendas de interés social, 2. Terrenos urbanizados de interés social, 3. Dinero en efectivo, 4. En bonos, 5. Compensaciones tributarias y 6. Compensaciones de deudas.
El cronograma de devolución comprenderá un período de hasta 8 años. La prioridad para la devolución será para fonavistas mayores de 60 años, en segundo orden para los de 50 y tercer lugar a menores de 50 años.

Comisión Ad-Hoc
Se ha conformado una Comisión Ad-Hoc que se encargará de consolidar la información sobre los aportantes al FONAVI. Todos los procedimientos y registros para la devolución del Fonavi serán gratuitos.
Se reconocen tres fuentes de información: la proporcionada por la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú; la que recabe de la Oficina de Normalización Previsional y de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs; y la que proporcionen los empleadores.
Se aprueban dos formularios: 1 de Inscripción al Proceso de Devolución (lo presenta el beneficiario) y 2 Información de Aportes realizados al Fonavi (debe ser llenado y presentado por el empleador).
La Comisión oportunamente difundirá el procedimiento para la recepción del formulario de inscripción.
Finalmente se precisa que las acciones y procedimientos de administración y recuperación de las acreencias, fondos, activos y pasivos del Fonavi, serán financiados con cargo al presupuesto del MEF.

*Formato de Formulario de Inscripción, al lado derecho de esta entrada.

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